Es el trámite que permite obtener una nueva libreta de propiedad, ya sea por extravío, hurto o deterioro de la anterior, únicamente de vehículos empadronados en el Departamento de Treinta y Tres.
Requisitos
- Denuncia de extravío, hurto o deterioro. del documento de identificación vehicular (libreta de propiedad)
- Cédula de identidad vigente de quien se presenta a realizar el tramite.
- Póliza de Seguro Obligatorio de Automotores (SOA) vigente.
- El vehículo para inspección técnica.
- Si el vehículo es de transporte profesional de cargas necesita ademas: comprobante de estar al día con BPS y DGI mas formularios 6951 o 6351 y 6906 o 6361 de DGI.
- No tener deudas pendientes con SUCIVE.
Otros datos de interés
- Se realiza en forma presencial
- Toda persona puede concurrir por apoderado presentando carta poder con firmas certificadas.
- Si es una empresa deberá presentarse la persona autorizada o legitimada con certificado de representación y vigencia.
- Toda certificación notarial deberá presentar el timbre correspondiente.
- Ante la no presentación de alguno de los requisitos no se podrá realizar el trámite.
- El trámite se realiza todo el mismo día y la entrega del documento de identificación vehicular (libreta de circulación) se entrega en el momento, luego de cumplir con la documentación.
Costos
- Tiene.
- Costos.
- La factura se genera en la dependencia, una vez iniciado el trámite y se debe abonar en Red de Cobranzas, como único lugar de pago definido.