El mismo queda habilitado cuando el SUCIVE finalice la actualización del Sistema de Tributos y hasta el 31 de marzo de 2025 inclusive, abarcando a todos los birrodados de hasta 125 c.c., exceptuando aquellos vehículos que durante 2024 hubieren sido sancionados por haber cometido su conductor al menos una falta de tránsito por conducir con exceso del nivel permitido de alcohol en la sangre de acuerdo a la normativa vigente.
Para la exoneración se deberá completar el formulario de exoneración que se puede obtener en el siguiente link: Exoneraciòn motos y ciclomotores y Póliza de Seguro Obligatorio de Automotores (SOA) vigente, debiendo luego dirigirse a la oficina de Tributos con dicha documentación completa (Formulario y SOA).-