Por expediente Nº 1257/09/04/21 y visto que en día de la fecha vence el plazo para abonar la 2da. cuota de la Contribución Inmobiliaria Rural correspondiente al presente ejercicio, y considerando la situación sanitaria actual del departamento y el país ante la evolución de la pandemia por Covid 19 y teniendo presentes las medidas dispuestas por el Poder ejecutivo respecto a evitar aglomeraciones lo que dificulta la concurrencia de los contribuyentes a las redes de cobranza, atento a las facultades que le otorgan las disposiciones legales vigentes el Intendente Departamental Dr. Mario Silvera Araujo, RESUELVE:
1º – Ampliar por el término de 30 días el vencimiento para el pago de la 2da. cuota de la Contribución Inmobiliaria Rural correspondiente al presente año, venciendo por ende el día 10 de mayo del año en curso.